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Prima de servicios: qué dice la ley si no te pagan en la fecha establecida

 

El Empleo Noticias
2025-06-09T17:00:11-05:00

Conoce qué hacer, las sanciones que puede enfrentar la empresa y cómo reclamar este derecho.

Consejos profesionales / 9 de junio de 2025

Para muchos colombianos, junio y diciembre no solo marcan mitad y fin de año, también representan una oportunidad para equilibrar sus finanzas, pagar deudas, invertir en proyectos personales o simplemente tomar un respiro económico.  

 

Esto es posible gracias a la prima de servicios, una prestación social que por ley deben recibir todos los trabajadores que tengan un contrato laboral formal, ya sea en el sector privado o público. 

 

 

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, la prima corresponde a 30 días de salario por año trabajado, distribuidos en dos pagos: la primera parte debe entregarse antes del 30 de junio y la segunda, máximo hasta el 20 de diciembre. Esta obligación aplica para cualquier persona que esté contratada bajo una relación laboral dependiente, sin importar si lleva un año o solo algunos meses en su trabajo.  

 

¿Qué pasa si una empresa no paga la prima a tiempo? 

 

Ante esta situación, los trabajadores tienen respaldo jurídico para reclamar el pago. Según el Ministerio de Trabajo, estos son los efectos del retraso en el pago de la prima de servicios: 

  • Multa económica: el empleador podría enfrentar sanciones que oscilan entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

 

Foto: iStock

 

  • Indemnización: el trabajador tiene derecho a recibir un día de salario por cada día de retraso en el pago. 

 

  • Intereses por mora: si han pasado más de 24 meses sin cumplir con el pago, se puede exigir el cobro de intereses. 

 

Por eso es importante que los colaboradores estén informados sobre sus derechos y que los empleadores gestionen de manera puntual esta obligación. Un incumplimiento no solo afecta la estabilidad financiera del trabajador, sino que también genera consecuencias legales para la empresa. 

 

Foto: iStock

 

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