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¿Cómo protege la ley a las mujeres en la maternidad?

 

El Empleo Noticias
2016-03-04T07:00:00-05:00

La legislación colombiana es clara en los derechos y deberes que tienen tanto la madre como su empleador. Por su condición, las mujeres cuentan con fuero especial desde el día en que quedan en embarazo hasta los seis meses de vida del menor, posterior a su nacimiento.Dicho lapso se conoce como periodo de maternidad, en el cual integra el embarazo, la licencia y la fase de lactancia. Cada una de estas etapas tiene reglamentación específica en tiempo, salario y obligaciones.El embarazo comprende del día uno de gestación hasta el parto; la licencia, desde el nacimiento (o dos semanas antes) a la semana 14; y la lactancia, hasta los seis meses de vida del menor. En estos tres momentos, la madre tiene derecho a gozar del 100 por ciento del salario.Esta legislación aplica de i

Noticias laborales / 4 de marzo de 2016

4 de marzo de 2016

La legislación colombiana es clara en los derechos y deberes que tienen tanto la madre como su empleador. Por su condición, las mujeres cuentan con fuero especial desde el día en que quedan en embarazo hasta los seis meses de vida del menor, posterior a su nacimiento.

Dicho lapso se conoce como periodo de maternidad, en el cual integra el embarazo, la licencia y la fase de lactancia. Cada una de estas etapas tiene reglamentación específica en tiempo, salario y obligaciones.

El embarazo comprende del día uno de gestación hasta el parto; la licencia, desde el nacimiento (o dos semanas antes) a la semana 14; y la lactancia, hasta los seis meses de vida del menor. En estos tres momentos, la madre tiene derecho a gozar del 100% del salario.

Esta legislación aplica de igual forma para las madres adoptantes de menores de edad y se toma como fecha de licencia el día de la entrega del niño.

Iván Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, explica que es prohibido despedir a las mujeres durante el periodo de embarazo y de licencia sin autorización del Ministerio de Trabajo, que debe verificar la existencia de la justa causa.

“En caso de omitir el procedimiento ante el Ministerio el despido se considera ineficaz y hay lugar al reintegro de la trabajadora con el correspondiente pago de los salarios y prestaciones dejadas de percibir”, agrega Jaramillo.

Las trabajadoras contratadas a través de prestación de servicios también cuentan con protección durante el periodo de maternidad. En este caso debe analizarse si se está ocultando una verdadera relación laboral por prestación personal del servicio, subordinación y remuneración. Si se determina la existencia de dicha relación debe reintegrarse a la persona y pagarse salarios y prestaciones.

¿Cuándo sí se puede dar el despido?

Es posible despedir a una trabajadora en estado de embarazo cuando se verifica la existencia de una justa causa y se autoriza el despido por parte del Ministerio, quien debe examinar la efectividad de la causa para descartar una posible discriminación.

Por otro lado, la licencia de maternidad es pagada por el Sistema de Seguridad Social en Salud, por esto, es necesario que la trabajadora haya cotizado de manera continua en el periodo de embarazo.

“En caso de no haberse cotizado durante todo el período de gestación se reconoce en forma proporcional de acuerdo a las reglas establecidas por la Corte Constitucional”, asegura Jaramillo.

El Investigador recalca que las empresas deben conceder dos descansos a la trabajadora de 30 minutos cada uno hasta los primeros seis meses de edad del bebé, con el objetivo de que pueda lactar al menor.

Algunas empresas coordinan con la madre salir una hora antes de terminar la jornada o dar una hora adicional de almuerzo para que pueda amamantar a su hijo. Además, en sus instalaciones disponen de salas de maternidad para la recolección de la leche.

De la misma forma, existe la obligación de otorgar los descansos que se justifiquen de acuerdo con los certificados médicos.

¿Es suficiente la protección actual?

Para Jaramillo, es recomendable aumentar el período de la licencia a 18 semanas de acuerdo con lo establecido en la Recomendación 191 de la Organización Internacional del Trabajo.

Aunque ya se han adelantado algunos proyectos de ley al respecto, aún es incierta la viabilidad de esta directriz en el país.

“La licencia de maternidad eman...

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