Elempleo.com: el buscador de empleo más grande de Colombia
Aprovecha nuestra app
miles de ofertas laborales.

¿Debes declarar renta en 2018?

 

El Empleo Noticias
2018-02-02T14:40:19-05:00

Para el 2018 ya se definió el calendario tributario nacional, con el que se conoce cuáles son los colombianos que están obligados a declarar renta.

Noticias laborales / 31 de enero de 2018

De acuerdo con el decreto 1951/17, los asalariados cuyo 80 por ciento de los ingresos provenga de una relación o contrato laboral tendrán que declarar renta si en el 2017 recibieron 44.603.000 pesos o una cifra mayor.

Si tus ingresos fueron menores a esa cifra (un ingreso mensual de $ 3.716.916) y si cumples todas las siguientes condiciones, NO estás obligado a presentar la declaración de renta:

  • El patrimonio bruto (sin descontar deudas y otras cosas) en el último día del año gravable 2017 no excedió 4.500 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, $143.366.000.
  • Los consumos mediante tarjeta de crédito no excedieron 1.400 UVT ($ 44.603.000).
  • El valor total de compras y consumos no superó las 1.400 UVT ($ 44.603.000).
  • El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedieron las 1.400 UVT ($ 44.603.000).

Recuerda que estos valores también aplican para las personas naturales y sucesiones ilíquidas.

Otras excepciones

De acuerdo con el decreto 1951/17, tampoco deben presentar la declaración de renta:

  • Personas naturales o jurídicas extranjeras. Las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a la retención en la fuente y dicha retención en la fuente les hubiere sido practicada.
  • Las personas naturales que pertenezcan al monotributo.
  • Las personas naturales residentes en el país a quienes les hayan practicado retenciones en la fuente y que de acuerdo con las disposiciones del Estatuto Tributario no estén obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, podrán presentarla. Dicha declaración produce efectos legales y se regirá por lo dispuesto en el Libro I del mismo Estatuto.

¿Cuándo se presenta la declaración de renta?

La presentación de la declaración de renta iniciará el 9 de agosto y terminará el 19 de octubre.

Como sucede todos los años, se hará en forma descendente, empezando por los dos últimos dígitos de la cédula más altos (99 y 00) y finalizando con el 01 y 02.

Registra y actualiza tu hoja de vida para llegar al empleo que sueñas y destaca tu hoja de vida comprando elempleo VIP

 

 

 

Noticias Relacionadas


Ofertas de empleo

EMP1886373180
CONDUCTOR/A DE AMBULAN...
Servicio de empleo Comfama
De $1.500.000 a $2.000.000
EMP1886373175
TÉCNICO/A DE OPERACION...
Servicio de empleo Comfama
De $1.500.000 a $2.000.000
EMP1886373153
.ESCOLTA CONDUCTOR (D)
AGENCIA DE EMPLEO COLSUBSIDIO
De $1.500.000 a $2.000.000

Temas