Escrito por: Leonardo Mejía, Mejía López, estudio de Abogados.
Son empleados de dirección aquellos que administran y manejan recursos de la empresa, y de confianza quienes tienen acceso a información privilegiada o confidencial del empleador. Por lo tanto, en principio no todos los colaboradores de una compañía pueden ser de dirección, manejo o confianza. Para establecerlo es necesario verificar las funciones que realizan y sus obligaciones contractuales.
Ahora, el que los empelados de dirección, manejo o confianza no estén sujetos al cumplimiento de la jornada máxima legal, no quiere decir que no deban cumplir con un horario de trabajo, pues es apenas lógico que tienen que ingresar y salir de las instalaciones de la empresa y en horas laborales, o al menos razonables, a menos que puedan trabajar desde sus casas.
Así, el llevar una planilla de control de ingreso y salida no presenta ningún riesgo para el empleador, pues incluso sirve como mecanismo de seguridad, al igual que el control de visitantes.
En síntesis es recomendable que se estudie individualmente cada contrato para establecer si en realidad el trabajador puede ser catalogado como de dirección, manejo o confianza, y así evitar contingencias laborales.
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