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Estas son las evaluaciones médicas que deben practicar en el trabajo

 

El Empleo Noticias
2017-06-13T15:01:33-05:00

La salud dentro del entorno empresarial es un componente esencial en la relación laboral, porque garantiza el bienestar de los colaboradores y ambientes de trabajo óptimos.

Noticias laborales / 13 de abril de 2015

La ley determina tres tipos de exámenes médicos obligatorios: preingreso, periódicos y egreso.

El artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) establece que los empleadores están obligados no solo a suministrar y acondicionar el lugar de trabajo que garanticen la seguridad y salud del trabajador, sino a practicar exámenes médicos.

Según la resolución 2346 de 2007, por medio de la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales, las evaluaciones médicas de preingreso “son aquellas que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo”.

Su principal objeto es conocer la situación médica del trabajador para ejecutar las tareas y las necesidades en materia de higiene y seguridad ocupacional que debe suplir la empresa.

El empleador puede contratar Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS), Entidades Promotoras de Salud (EPS) o directamente a especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional. Además debe describir los perfiles, labores y medio en que se desarrollará el colaborador.

La compañía ordena la valoración médica en la entidad que convenga y asume todos los gastos relacionados, asegura Ana María Rozo, abogada experta en Derecho Empresarial.

El artículo 11 de la Resolución 2346 de 2007 establece la obligación del costo de las evaluaciones a cargo del empleador, no pueden ser cobradas ni solicitadas al aspirante o trabajador cuando esté vinculado, explica José Luis Cortés, asesor legal y miembro del Colegio de Abogados del Trabajo Colombia.

“La compañía puede contratar directamente con el centro médico que realizará el examen médico o darle el dinero al aspirante para que este pague las pruebas”, asegura Mónica Jojoa, asesora legal empresarial.

Otros exámenes obligatorios

Luego de la contratación del empleado, la empresa debe adaptar el lugar de trabajo de acuerdo con las recomendaciones sugeridas en el reporte médico prelaboral. Por su parte, el médico tiene la obligación de guardar reserva de la historia clínica y solo remitirá el certificado médico con las restricciones existentes, consejos o condiciones necesarias.

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Durante la relación laboral, el empleador tiene que realizar exámenes periódicos para observar la evolución médica del trabajador de acuerdo con el desarrollo de su labor. Estas pruebas pueden ser:

-Programadas: monitorean la exposición a factores de riesgo e identificar posibles problemas temporales, permanentes o graves de la salud del empleado, ya sean de origen común u ocasionados por su trabajo.

-Cambio de ocupación: cuando se cambie de cargo, ambiente laboral, funciones o tareas, que tengan mayores riesgos para el colaborador.

Al finalizar el contrato laboral es necesario aplicar una valoración de egreso, que tiene como fin conocer el estado de salud del trabajador y establecer enfermedades profesionales, responsabilidades y tratamiento a seguir.

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