23 de mayo de 2015
En el Código Sustantivo del Trabajo se prohíbe que los trabajadores se presenten al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes, por tanto, el empleador debe implementar los mecanismos necesarios que le permitan verificar la situación y evitar futuros reclamos.
Juan Manuel Charria, gerente de la firma de Abogados Charria y Asociados, señala que el jefe puede practicar una prueba de alcoholemia para comprobar una causa que la misma ley considera justa para la terminación unilateral del contrato de trabajo.
“Es legal hacerlo y debe hacerse con la autorización expresa del trabajador mediante una carta por cada trabajador implicado, pues se trata de una prueba invasiva al igual que la prueba de sicoactivos; sin embargo, así exista la autorización, si antes de practicarla el trabajador se niega, no se puede practicar”, explicó Charria.
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Según Ketty Morales, gerente de gestión humana de Yale Colombia, las empresas pueden verificar cada cierto tiempo la sobriedad de sus empleados.
“Por reglamento interno de trabajo está prohibido presentarse a trabajar bajo estado de bebidas alcohólicas, para verificar eso la empresa hace pruebas cada cierto tiempo sin avisarle a los empleados. Cuando encontramos resultados positivos no se permite el ingreso y se hace una cita de aclaración de hechos”, agrega.
Cada compañía tiene establecido como maneja el tema. Tras el resultado de esa diligencia se imponen sanciones mínimas y si el caso es repetitivo se da por terminado el contrato de trabajo con justa causa, complementa Morales.
Ahora, “si otros empleados ven al trabajador con trago se pueden tomar medidas disciplinarias, incluso si causa un daño a los elementos del trabajo… sin necesidad de la prueba de alcoholemia se puede sancionar o despedir con justa causa y entre los motivos se puede establecer el hecho de no practicarse la prueba”.
No sobra advertir que este tipo de pruebas y los procedimientos deben estar en el reglamento interno para evitar posibles reclamaciones futuras en el caso de que el trabajador resulte despedido por esta situación.
La prueba de alcoholemia no es el único mecanismo
Según la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, si el trabajador se niega a hacerse la prueba de alcoholemia, la empresa puede buscar el testimonio de otros trabajadores, buscar en el empleado comportamientos diferentes a los normales, movimientos lentos, ojos enrojecidos y aliento alcohólico. A partir de eso también puede tomar decisiones.
Laura Lesmes Díaz
Contenido@elempleo.com
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