Colombia seguirá en "aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable" hasta el 28 de febrero de 2021, anunció el presidente Iván Duque Márquez. Con ello, algunas de las medidas adoptadas para ayudar a la población se extienden, paralelamente, hasta dicha fecha.
Una de estas, es la posibilidad de hacer el retiro parcial de cesantías por parte de los trabajadores que vieron disminuidos sus ingresos debido a la pandemia. Así la definió el Ministerio del Trabajo en el Decreto 488 de 2020, como medida excepcional por la emergencia.
En circunstancias 'normales' las cesantías están destinadas a cubrir inversiones para la vivienda y eduación.
Los afiliados a fondos privados deben consultar directamente con los canales dispuestos por su Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantías de Colombia (AFP).
Información para los afiliados a fondos privados
1. El pago por retiro parcial estará limitado al saldo disponible en la cuenta individual de cesantías de cada afiliado.
2. Durante el tiempo que permanezcan esta emergencia económica, no se requiere adelantar el trámite de manera presencial.
3. Todo el proceso deberá hacerse preferiblemente a través de canales virtuales o remotos como sitios web, call center, sistema de audio-respuestas, aplicaciones móviles (apps), entre otros.
4. Las AFP pueden establecer mecanismos excepcionales para los casos en los cuales el trabajador no cuente con acceso a Internet o no se encuentre bancarizado.
5. Para adelantar el proceso de retiro parcial de cesantías, los trabajadores deben adjuntar a la solicitud una certificación de disminución de ingresos que emita su empleador con la siguiente información: nombre o razón social del empleador junto al tipo y número de identificación; nombre y apellidos del trabajador y tipo y número de identificación; datos de contacto del empleador; salario devengado por el trabajador a 1 de marzo de 2020; monto de la disminución del ingreso mensual del trabajador y periodo objeto de la reducción del ingreso.
6. Recuerda que la certificación emitida por el empleador será válida para todas las solicitudes mensuales de retiro parcial de cesantías autorizado por el artículo 3 del Decreto 488 de 2020.
7. Las AFP no cobrarán la comisión por retiro parcial de las cesantías autorizado por el Gobierno, dada la emergencia que afronta el país.
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Información para los afiliados al Fondo Nacional del Ahorro
Según el Fondo Nacional del Ahorro, los empleados que se encuentran afiliados a esta entidad pueden realizar retiros parciales de cesantías bajo las siguientes condiciones y siempre y cuando no se encuentren pignoradas por tener crédito de vivienda vigente:
1. Cuando el trabajador presente una disminución de su salario, certificado por su empleador; caso en el cual podrá retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante. Ejemplo: Si su salario es de $2.000.000 mensuales y fue reducido en $450.000, podrá solicitar mes a mes un retiro equivalente a esos $450.000 de disminución.
2. Cuando el trabajador se encuentre en suspensión de contrato o licencia no remunerada; casos en los cuales podrá solicitar el retiro parcial por el valor total del salario que devenga.
Redacción elempleo.com
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