Está en trámite el proyecto de ley 352 de 2020 que regula el trabajo en casa en Colombia, en una modalidad de trabajo en la que los empleadores solo podrán enviar a sus empleados a trabajar en casa por tres meses máximo, prorrogables por tres meses más en casos excepcionales.
Esta iniciativa establece además medidas en el horario, seguridad social, derecho a la desconexión, capacitaciones, salarios, afiliaciones a riesgos laborales, entre otros.
A continuación te explicamos todos los detalles del proyecto:
¿Qué es el trabajo en casa?
“Se entiende como trabajo en casa la habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral respectiva, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones”.
Una circunstancia ocasional, excepcional o especial puede ser, por ejemplo, la pandemia del coronavirus y su impacto en el trabajo.
Dos criterios que debes tener en cuenta si trabajas en casa
Coordinación: Las funciones, servicios y actividades laborales tienen que desarrollarse de manera armónica y complementaria entre el empleador y el trabajador para alcanzar los objetivos y logros fijados.
“La coordinación deberá darse desde el momento mismo de la asignación de tareas o actividades, para lo cual se deberán fijar los medios y herramientas que permitan el reporte, seguimiento y evaluación, así como la comunicación constante y recíproca”, dice el documento.
Desconexión laboral: Hay muchas quejas en torno al aumento de la jornada laboral en el trabajo en casa. Sin embargo, como trabajador puedes abstenerte de ejecutar la prestación personal del servicio durante tus períodos de descanso.
“El derecho a la desconexión laboral no perturbará la debida prestación del servicio en el sector público, ni las circunstancias especiales y excepcionales que requieran el cumplimiento de tareas impostergables, en el sector privado”.
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Jornada de trabajo en el trabajo en casa
Durante el tiempo que dure el trabajo en casa se mantienen vigentes las normas previstas en el Código Sustantivo del Trabajo y en los reglamentos aplicables a los servidores públicos, relativos al horario y la jornada laboral.
Sin embargo, hay que advertir que están excluidos del cumplimiento de estas disposiciones y de la remuneración del trabajo suplementario los trabajadores de dirección, de confianza o de manejo, así como los niveles directivo y asesor en el sector público.
Del trabajo en casa al teletrabajo
Si las condiciones excepcionales que dieron lugar al trabajo en casa se mantienen en el tiempo, el empleador, de común acuerdo con el trabajador, deberá hacer tránsito al teletrabajo, conforme a los requisitos señalados en la Ley 1221 de 2008.
Hay que tener en cuenta que el empleador tiene la facultad de dar por terminado unilateralmente el trabajo en casa cuando así lo requiera.
Elementos de trabajo
Si trabajas en casa, ¿la empresa tiene que darte computador? Para este tema se dice en el proyecto que “el servidor público o el trabajador del sector privado, podrá disponer de sus propios equipos y demás herramientas, siempre que medie acuerdo con el respectivo empleador y/o entidad pública”.
Pero si no se llega al mencionado acuerdo, “el empleador suministrará los equipos, sistemas de información, software o materiales necesarios para el desarrollo de la función o labor contratada, de acuerdo con los recursos disponibles para tal efecto.
El empleador definirá los criterios y responsabilidades en cuanto al acceso y cuidado de los equipos, así como respecto a la custodia y reserva de la información de conformidad con la normativa vigente sobre la materia”.
Auxilio de conectividad y auxilio de transporte en el trabajo en casa
A los servidores públicos y trabajadores del sector privado que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y que se les dé auxilio de transporte, se les reconocerá este pago a título de auxilio de conectividad digital durante el tiempo que presten sus servicios bajo la modalidad de trabajo en casa.
Para los servidores públicos el auxilio de conectividad se reconocerá en los mismos términos y condiciones establecidos para el auxilio de transporte. Para los trabajadores del sector privado, el auxilio de transporte no será factor salarial.
Y se advierte que el auxilio de conectividad y el auxilio de transporte no son acumulables.
En el proyecto se subraya que al trabajador en casa le cobijan todos los derechos y garantías de su relación y normas laborales, entre ellas, la jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos, derechos de negociación y asociación sindical.
Otros puntos a tener en cuenta del trabajo en casa
- El empleador debe promover la formación, capacitación y el desarrollo de competencias digitales
- El trabajo en casa como medida excepcional no requiere cambios en el Reglamento Interno de Trabajo ni en el Manual de Funciones, salvo que sea necesario para el desarrollo de labores
- El empleador debe determinar los instrumentos, frecuencia y el modelo de evaluación de desempeño, cumplimiento y reporte de metas.
- El proyecto advierte que no se sugiere la variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.
Este proyecto fue aprobado en primer debate en sesión de comisiones séptimas conjuntas de Senado y Cámara. La iniciativa cursa con mensaje de urgencia en el Congreso de la República.
El trámite que continúa ahora es la radicación de la ponencia conjunta para segundo debate en las plenarias del Congreso, para lo cual se citará a sesiones extras al Congreso, informó el Ministerio de Trabajo.
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